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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1768
AMENAZAS, DELITO DE (LEGISLACION DE CHIHUAHUA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1768
La confesión del reo hace evidente la circunstancia de haber amenazado al ofendido, ya que tal hecho se deduce del término usado por él, en cuanto admite que desenfundó su cuchillo para amedrentar al sujeto pasivo de la infracción, pues tal conducta integra los elementos constitutivos del delito que establece el artículo 257, fracción I, del Código de Defensa Social aplicable estando tal circunstancia, corroborada con el dicho imputativo del ofendido; y como la interpretación correcta de la expresión verbal quiere significar que sobrevendrá sobre la víctima un mal futuro e injusto, atentatorio de su integridad personal, conducta que ciertamente puede constreñir la libertad psíquica del ofendido, teniendo como finalidad la de evitar el cobro del saldo de un adeudo que tiene pendiente el quejoso con él.
Precedentes
Amparo penal directo 5709/51. Vázquez Cruz Nicolás. 13 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.