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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298047
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1797
RAPTO, DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1797
La interpretación lógica del artículo 243 del Código Penal del Estado, conduce a establecer que los elementos constitutivos del delito de rapto son: a) el apoderamiento de una mujer; b) el empleo de la violencia física, de la violencia moral, de la seducción o del engaño y c) que el agente se proponga satisfacer un deseo erótico sexual o casarse.
Precedentes
Amparo penal directo 5066/50. Galeana Martínez Misael. 13 de marzo de 1952. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.