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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1883
ROBO EN CUARTO HABITADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1883
El robo que se imputa al quejoso, debe tenerse por cometido en aposentos o cuartos habitados, ya que si bien el sujeto activo del delito, se hospedaba en el mismo hotel que el ofendido, esto sólo le daba derecho al uso de su propia habitación y de los locales destinados al servicio común de todos los pasajeros, pero de ninguna manera esa condición podía permitirle el acceso a los cuartos de los demás huéspedes, a quienes servían de morada, situación legal ésta que es la que determina la agravación de la pena correspondiente al delito de robo.
Precedentes
Amparo penal directo 4129/50. Díaz Mora Emilio. 14 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.