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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1933
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 1933
Si la inspección ocular hecha en la persona del ofendido, deja en duda la notabilidad y perpetuidad de la lesión inferida por el quejoso, el tribunal sentenciador debió estar a lo más favorable al reo y considerar que la lesión inferida al ofendido, por el acusado, lo fue simple, y sin dejar cicatriz perpetua y notable en el lugar visible.
Precedentes
Amparo penal directo 1701/48. Flores Urbina Francisco. 17 de marzo de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.