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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2021
NOTIFICACIONES EN EL AMPARO (DIFERIMIENTO DE LA AUDIENCIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2021
Si a la falta de notificaciones personales de los aplazamientos de la audiencia, atribuye el quejoso haber quedado sin defensa en el amparo, en estricto sentido no está apegada a la verdad esa apreciación, si de autos, oportunamente y cada vez que se operaba un aplazamiento, aparecía enterado el quejoso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7922/46. Guzmán Carrillo Ramón y coags. 29 de agosto de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.