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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298099
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2122
FRAUDE, DELITO DE (FALTA DE TITULO PROFESIONAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2122
Si bien en la época en que los hechos acontecieron no existía la ley reglamentaria de los artículos constitucionales relativos a profesiones, también lo es que si no se siguió el juicio por el delito cuya base es el ejercicio profesional sin título, tratándose de profesiones que lo requieran, sino que la causa fue incoada por el delito de fraude, haciendo consistir el engaño, en que el reo se ostentaba como médico sin serlo, debidamente estimó la responsable que hubo el engaño, y que la exagerada cantidad cobrada por concepto de medicinas y servicios profesionales, constituye el lucro típico.
Precedentes
Amparo penal directo 7526/47. Roder Rading Wilhelm. 26 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.