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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298101
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2164
ASEGURAMIENTO DEL OBJETO DEL DELITO (LEGISLACION DE OAXACA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2164
Es evidente que los artículos 32 y 35 del Código de Procedimientos Penales de Oaxaca, regulan el aseguramiento de los objetos afectos a la comisión de un delito, siempre y cuando se lleve a cabo dentro del proceso correspondiente y por el Juez que conoce de la causa; y si consta que el aseguramiento impugnado, se dictó al margen de las condiciones señaladas por los textos legales mencionados esa circunstancia es por sí sola bastante para viciar de inconstitucional dicho aseguramiento. A mayor abundamiento, si el acusado quejoso ofreció prueba testimonial para acreditar que es poseedor de los objetos discutidos, su carácter de poseedor sólo podrá perderlo a través del juicio correspondiente en el cual sea oído y vencido según lo exige el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8101/47. Rodríguez Velázquez Adolfo. 5 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.