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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2241
PREMEDITACION Y ALEVOSIA, CALIFICATIVAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2241
Si hubo previamente una planeación de los hechos incriminados, en los que los agentes de la infracción tomaron todas las providencias requeridas, para llevar a término su propósito lesivo, es de inferirse que hubo representación previa de los hechos, habiendo deliberado sobre las consecuencias jurídicas legales de tales actos; no obstante lo cual, no desistieron de tal propósito, sino que por el contrario, luego de haber reflexionado, tomando en consideración el móvil que los determinó a infringir las normas legales, con absoluto desprecio de las mismas, los llevaron a término, configurando con su conducta, los delitos de homicidio, con las calificativas de premeditación y alevosía.
Precedentes
Amparo penal directo 1357/51. Alcántara Clemente y coags. 31 de marzo de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.