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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2290
ROBO Y FALSIFICACION DE DOCUMENTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2290
Por lo que respecta al delito de robo, el elemento "apoderamiento" en el robo, consiste en la acción de aprehender o tomar directa o indirectamente una cosa mueble, y aparece claramente que el acusado realizó el apoderamiento indirecto e ilícito de bienes muebles propiedad de la ofendida y en contra de la voluntad de ésta, única que podía disponer de ellos con arreglo a la ley, si falsificando un documento, utilizó a la autoridad judicial, para embargarlos; y que la aprehensión material de los bienes la realizó el acusado, quedó manifiestamente demostrado, en la misma forma, si el depositario de los bienes, nombrado en la diligencia por el mismo falsario, declaró que dichos muebles quedaron en poder de éste, y posteriormente, y a merced a una nueva maniobra delictuosa, dispuso de esos bienes embargados ilegalmente, aprovechando su ascendencia sobre el depositario, que era su empleado.
Precedentes
Amparo penal directo 2675/49. Aguilar Argüelles Felipe. 7 de septiembre de 1949. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.