Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/298167
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298167
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2453
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXI; Pág. 2453
Los dos elementos fundamentales de la riña, son: a) el subjetivo, consistente en la aceptación tácita o expresa de la contienda, por parte del procesado, y la provocación por parte del ofendido, y b) el objetivo que se significa con la actitud de ataque material y recíproco en que se colocan los rijosos. En consecuencia la existencia de la riña excluye la legítima defensa en la que si bien hay contienda de obra, falta en el agredido el elemento subjetivo, que constituye la expresada riña.
Precedentes
Amparo penal directo 2406/51. Márquez Franco Nicolás. 28 de febrero de 1952. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.