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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298176
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 10
CONFESION DEL REO, CONTRADICCIONES EN LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 10
Aun cuando en el proceso existan de hecho, dos versiones diferentes, producidas por los mismos procesados, de cómo ejecutaron los hechos delictivos que se les imputan, si en ambas versiones reconocen su responsabilidad, esas versiones contradictorias no pueden producir jurídicamente duda en el ánimo del juzgador, por lo que debe estimarse plenamente demostrada en autos la responsabilidad de los quejosos, en el delito que se les imputa.
Precedentes
Amparo penal directo 7294/48. Abundia J. Guadalupe y coagraviados. 1o. de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.