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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298184
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 70
CONDENA CONDICIONAL, FIANZA PARA LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 70
El artículo 90 del Código Penal dice: Fracción I... D), "que dé fianza, por la cantidad que fije el juez de que se presentará, etc..." Es imposible la violación de este precepto, por exceso en la cantidad, mientras ésta no fuera exorbitante y el sentenciado hubiese demostrado la absoluta desproporción entre esa cantidad y sus condiciones económicas.
Precedentes
Amparo penal directo 200/51. Béjar Ramírez Emilio. 3 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.