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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 78
PERITOS EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 78
La grafoscopía no es una profesión reglamentada hasta la fecha, pero el hecho de que la Procuraduría tenga a su servicio a personas destinadas a actuar como peritos en determinada especialidad, y de que el Juez se dirija a ella para que haga la designación, deja plenamente satisfechos los requisitos exigidos por la ley, en los artículos 223 y 225 del Código Federal de Procedimiento Penales.
Precedentes
Amparo penal directo 8905/49. Bañuelos Moreno Porfirio. 3 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.