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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298191
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 80
RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 80
Si bien la riña es, esencialmente y por definición, la contienda de obra, la situación de riña se configura siempre que a raíz de una discusión acalorada surge la contienda de obra, sin que sea esencial a ésta, el que los contendientes cambien varios golpes o quizá alguno sucumba al primero; y puede existir la contienda de obra, aunque hubiese sido precedida de una discusión acalorada, aun suponiendo que el quejoso haya tenido razón en lo que discutía.
Precedentes
Amparo penal directo 3280/51. Platt Tagle Ernesto. 3 de octubre de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.