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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 215
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 215
Como las diligencias de careo tienen por fin esencial establecer la verdad de cómo ocurrieron los hechos, relatados de manera diferente por dos personas, cuando no existe contradicción entre las versiones recogidas durante la instrucción, la inutilidad o poca eficacia procesal de esas diligencias, es notoria, y el reo no puede alegar fundadamente indefensión por la omisión de esos careos evidentemente inútiles.
Precedentes
Amparo penal directo 4114/49. Sosa Pereda Juan. 6 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Disidente: Fernando De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.