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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 444
INTERPRETACION DE LA LEY.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 444
Es regla de hermenéutica que ante dos textos de un mismo ordenamiento, aparentemente contradictorios, no debe concluirse en la exclusión de uno de ellos, sino en la coordinación de ambos preceptos, dentro del sistema que todo cuerpo de leyes unificado tiene en su base.
Precedentes
Amparo penal directo 2372/49. Delgado María Luisa. 17 de octubre de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Fernando De la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.