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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 642
RESPONSABILIDAD DEL REO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 642
Habiéndose comprobado el cuerpo del delito de robo y la responsabilidad del acusado, la rectificación posterior por parte del procesado y ofendido no debe surtir efecto legal alguno, si no se acompañó de prueba o elemento que la justifique; y sí por el contrario, la condición impuesta al reo de que se reparara el daño, pone de manifiesto que el objeto del convenio no fue otro más que librar al reo de las sanciones a que se había hecho acreedor.
Precedentes
Amparo penal directo 4200/51. Hernández Medellín Luis. 20 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.