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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1143
IGNORANCIA DE LA LEY PENAL (AGRAVANTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1143
Resulta inimputable al quejoso al aumento de gravedad proveniente de circunstancias que ignoraba en el momento de infringir la ley; máxime, que la doctrina postula que el desconocimiento o error de las causas de agravación excluyen la agravación de la pena.
Precedentes
Amparo penal directo 1865/51. Alvarado Gaytán José. 9 de noviembre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.