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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298263
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1190
BANCO NACIONAL DE CREDITO EJIDAL, PECULADO EN PERJUICIO DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1190
El Banco Nacional de Crédito Ejidal, conforme a la Ley de su creación, es una Institución de Participación Estatal, en la que el poder público se ha reservado la dirección administrativa, con fines de beneficio colectivo, y estando acreditado el carácter de empleado del mismo, que tenia el acusado, en la época de la comisión de los hechos que se le imputan, así como la circunstancia de haber recibido en depósito bienes pertenecientes a la Institución a la que servía, que distrajo de sus fines propios en provecho de diversas personas, a quienes se los regalo, se encuentran comprobados los elementos del delito de peculado, así se admita que esos bienes habían sufrido demérito o perdido su valor, pues de todas maneras carecía de derecho y facultades para disponer de los mismos, cualquiera que fuera su estado. (artículo 220 del Código Penal).
Precedentes
Amparo penal directo 8205/49. Reyes Moreno José. 12 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.