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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1241
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1241
La condición primaria de la legítima defensa, es el ataque injusto que amenaza y pone en peligro la integridad corporal del sujeto pasivo de él por lo que no debe representar una eventualidad o posibilidad, sino un acontecimiento inminente y fatalmente dañino, de suerte que si la circunstancias que rodean al hecho no conducen a suponer fundadamente, que el pretendido agresor se proponía causar un daño grave en la persona del procesado, deja de estar integrada la excluyente.
Precedentes
Amparo penal directo 4098/51. Rodríguez Lima Manuel. 14 de noviembre de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.