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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1458
HOMICIDIO, CUERPO DEL DELITO DE ( LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1458
Resultaría absurda la no comprobación del cuerpo del delito de homicidio, por el simple hecho de no haberse dado vista del dictamen de autopsia practicada por un médico a otro u otros facultativos, exigencia ésta que establece el artículo 124 del Código Penal aplicable, para el caso de que la autopsia tenga que ser hecha por un práctico del lugar, por no existir ningún otro; y mas sí, por otra parte el dictamen de la autopsia no es el único elemento para la comprobación del cuerpo del delito de homicidio y, aun suponiéndolo defectuoso, se encuentra acompañado de otras pruebas.
Precedentes
Amparo penal directo 6791/49. Lara Paloblanco Rafael. 23 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.