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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1712
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1712
Si precisamente el sentenciado fue quien, en actitud amenazante, trataba de agredir violentamente y sin derecho a un tercero, la conducta observada por el hoy occiso, empleado de este, al percatarse de los hechos que se estaban desarrollando y dirigirse con pistola en mano contra el agresor de su patrón, a fin de evitar que llegara a dispararle y matarlo, indudablemente que obró en actitud defensista, puesto que se ignoraban los propósitos que tendría el quejoso, que no podrían ser otros, en vista de su estado temperamental, que el de causarle algún mal; de aquí que habiéndose constituido el reo en agresor, el acto ilícito que perpetró no tuvo las características de legítima defensa, precisamente porque el hoy occiso fue quien trataba de repeler la agresión actual e inminente y de que era objeto su patrón.
Precedentes
Amparo penal directo 8923/49. Pulido Heraclio. 30 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.