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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298319
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1803
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1803
Para que exista la defensa legítima, se requiere una agresión violenta, actual, sin derecho y de la cual resulte un peligro inminente para el que la sufre, y si el ofendido sólo impedía que el acusado abandonara el lugar donde se encontraban ambos, interponiéndose al paso de éste, su conducta no puede tomarse como una agresión, como un ataque, que pusiera en peligro la integridad física del mismo.
Precedentes
Amparo penal directo 2560/51. Herrera Sánchez Felipe. 5 de diciembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.