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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1809
ESTUPRO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1809
La castidad y honestidad de la ofendida son circunstancias que se deben tener por comprobadas, conforme a la presunción que en ese sentido tiene en su favor toda mujer y que sólo se destruye mediante prueba en contrario, pues es la carencia de tales cualidades la que se exterioriza por medio de actos positivos sujetos a verificación.
Precedentes
Amparo penal directo 2891/51. Rodríguez de la Tejera Jorge Luis. 5 de diciembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.