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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298336
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1897
DELITO, CLASIFICACION DEL (PARTICIPACION DELICTUOSA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CX; Pág. 1897
La calidad de autor o cómplice, no es un hecho constitutivo del delito, sino una forma de responsabilidad penal. En tal virtud, habiéndose decretado la formal prisión por determinado delito, la consideración de que el quejoso fuera autor o cómplice, no va contra lo dispuesto por el párrafo segundo del artículo 19 constitucional, el cual contiene la garantía de que el proceso se siga por el delito señalado en el auto de formal prisión y que es necesario una acusación separada cuando aparezca que se ha cometido un delito distinto; lo cual no ocurre si la acción penal se ejercitó por mismo delito que persiste a través de la acusación formulada por el Procurador General de Justicia, al revocar las conclusiones in acusatorias del Ministerio Público, ya que lo único que hizo, fue variar la apreciación de la participación del quejoso, en el delito por el cual era acusado.
Precedentes
Amparo penal directo 8861/48. Santos Teodoro. 10 de diciembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.