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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298352
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 229
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 229
No tiene significación jurídica que el Juez de Distrito haya dictado el auto en que se declara incompetente fuera de la audiencia constitucional, si el mismo quejoso manifiesta en su demanda de amparo, que la autoridad responsable que le decretó el auto de formal prisión, lo hizo en auxilio del fuero de Guerra, y, por tanto, no se le priva con aquel hecho, de rendir pruebas y alegar con relación al informe rendido por la autoridad responsable acerca de este punto.
Precedentes
Competencia 99/49. Suscitada entre los Jueces de Distrito en el Estado de Oaxaca y Primero de Distrito, en Materia Penal, en el Distrito Federal. 9 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.