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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298360
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 294
CALIFICATIVAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 294
Si el reo cometió el delito de homicidio calificado, queda entonces excluida, automáticamente, la riña que hizo valer como justificativa del hecho ilícito penal en que incurrió.
Precedentes
Amparo penal directo 2868/50. González de la Peña Javier. 11 de julio de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mario G. Rebolledo y Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.