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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298363
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 297
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 297
Si está comprobada la unidad de propósitos entre ambas personas, aun suponiendo que el aprovechamiento lo hubiese obtenido su cómplice, la actividad falsaria que realizó la acusada, cabe dentro de lo previsto en la fracción I del artículo 245 del Código Penal, en la medida en que se propuso sacar algún provecho, para sí o para otro, siendo ese otro, el propio cómplice.
Precedentes
Amparo penal directo 1482/50. Bahena Juana. 11 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.