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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 371
ROBO, PARTICIPACION EN EL (VELADORES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 371
Si el reo era velador encargado del almacén de donde fueron sustraídos los objetos de que se trata, por su condición, su primordial obligación consistía en custodiar eficientemente el edificio y todos los bienes que en él existían, que fueron encomendados a su guarda, y el deber de soportar, en su caso, las consecuencias inherentes a su cuidado, pues de no ser así, no tendría explicación su empleo; y si no obstante ello, cedió y permitió que sus compañeros sustrajeran las mercancías y admitió participación en el producto del robo, su actitud indicaba, sin lugar a dudas, su responsabilidad como copartícipe del delito, en los términos del artículo 13 del Código Penal Federal, por haber prestado auxilio o cooperación para la ejecución del delito, con la agravante de que su proceder implicaba una infidelidad a la empresa que depositó en él confianza.
Precedentes
Amparo penal directo 9212/49. Veloz Medina Pedro. 12 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.