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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298384
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 463
PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 463
Si la sentencia a examen motiva el uso del arbitrio judicial y no encierra ninguna violación de la lógica, ni tergiversa los hechos procesales, ni es el caso de que las reglas de la prueba influyan en la individualización de la pena, esta Suprema Corte no puede declarar que la responsable ha hecho un uso indebido del arbitrio de que goza el funcionario judicial para apreciar la prueba e individualizar las penas.
Precedentes
Amparo penal directo 8884/50. Sandoval Julio Sergio. 14 de julio de 1951. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.