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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 668
IMPRUDENCIA, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 668
La falta de previsión y de cuidado del quejoso, al consumar el acto criminoso, está más cerca de la intencionalidad que de la imprudencia, si tuvo tiempo de parar el automóvil que manejaba y evitar el atropellamiento; y sí, además, la niña atropellada murió a consecuencia de las lesiones, estas circunstancias debieron, al estimarse, aumentar la pena impuesta.
Precedentes
Amparo penal directo 9682/49. Galindo Ríos Carlos. 25 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.