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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 804
PRUEBAS, FALTA DE APRECIACION DE LAS, EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 804
Cuando la autoridad responsable haya dejado de tomar en consideración unas pruebas al dictar su sentencia en un proceso, la Suprema Corte está en la obligación de apreciarlas; sin que esta apreciación de probanza signifique invasión de facultades reservadas al sentenciador.
Precedentes
Amparo penal directo 2244/51. Zamora Rosario. 27 de julio de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.