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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298466
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1300
EXTRADICION ENTRE ESTADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1300
Si es manifiesto que lo delitos cometidos por el acusado dentro de la jurisdicción del Juez requeriente, son más graves que el que aquél cometió dentro de la jurisdicción del Juez requerido, y no habiendo sido condenado todavía el delincuente, en la causa que se le sigue por el Juez requerido, procede la extradición solicitada, con fundamento en los artículos 20 y 21 de la Ley Reglamentaria del artículo 119 de la Constitución.
Precedentes
Controversia 47/51. Suscitada entre los Jueces Mixto de Primera Instancia de Cuautla, Morelos, y Juárez de Defensa Social de Izúcar de Matamoros, Puebla. 10 de agosto de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona Redondo. La publicación no menciona el nombre del ponente.