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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298480
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1637
CHEQUES SIN FONDOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1637
El artículo 193 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito no deroga la fracción IV, del artículo 386 del Código Penal, sino que la adiciona por lo que a los cheque se refiere, con otras modalidades del acto sancionable, distintas de las especificadas en ella, pues no hay que perder de vista que también los cheque son documentos cuya expedición se puede hacer al portador o nominativamente, que son susceptibles de endoso y que se pueden expedir en contra de una persona supuesta o de alguna no obligada a pagarlos, con el fin de obtener un lucro o alguna cantidad de dinero, casos estos, que no tipifica el repetido artículo 193, aunque se sancionen en la misma forma.
Precedentes
Amparo penal directo 4044/47. Garay Gotting Carlos. 18 de agosto de 1951. Mayoría de tres votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.