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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1852
RIÑA, INEXISTENCIA DE LA (LESIONES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1852
El delito de lesiones se cometió fuera de riña, si las vías de hecho fueron ejecutadas únicamente por el heridor y en modo alguno por la ofendida.
Precedentes
Amparo penal directo 631/51. Buendía Mariano. 24 de agosto de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.