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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298506
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1885
LIBERTAD PERSONAL, SUSPENSION DE SU RESTRICCION (LIBERTAD CAUCIONAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 1885
La garantía constitucional relativa de la libertad caucional ha sido establecida a favor de los procesados y no puede aplicarse a los reos que han sido sentenciados, independientemente de que la pena impuesta sea mayor o menor que la fijada por el artículo 20 constitucional, y de los efectos de la suspensión que se conceda, si ocurre al juicio de garantías.
Precedentes
Queja en amparo penal 322/51. González Gaytán Juan. 25 de agosto de 1951. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.