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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2266
LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2266
Para que opere la excluyente de responsabilidad de legítima defensa, es requisito esencial que el agredido obre en repetición de una agresión actual, inminente, violenta y sin derecho; lo que no sucede cuando el agredido estuvo en posibilidad de conocer los propósitos antijurídicos de su atacante, o atacantes, y eludirlos fácilmente y, lejos de esto, permaneció prevenido para un ataque por parte de la víctima o de sus acompañantes pues esta circunstancia señala que subjetivamente tenía ya resuelto aceptar la lucha, antecedente que caracteriza la riña que excluye la causa de justificación de la legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 6160/49. Bonilla González Zenaido. 10 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.