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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2466
TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS, EN EL PROCESO PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2466
Si las retractaciones de los testigos de cargo no están fundadas en razón alguna que las justifique, ni en algún elemento de convicción capaz de darles valor judicial, sino que, por lo contrario, fueron firmados los testimonios originales por ellos, es lógica la presunción de su deseo de ayudar al acusado, para sustraerlo a la acción de la justicia, acto que, por humano que se le suponga, configura el delito de falsedad, y sería absurdo el admitir la posible existencia de ese acto ilícito, como prueba de irresponsabilidad en el sentenciado.
Precedentes
Amparo penal directo 9004/49. Moreno Gómez Felipe. 13 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.