Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/298608
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298608
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2596
LEGITIMA DEFENSA DEL HOGAR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2596
No es aplicable la excluyente a que se contrae la fracción III del artículo 15 del Código Penal, si de autos no aparece que el ofendido haya atacado la seguridad del hogar del reo, sino que dicho ofendido, después de haber librado con el reo, en el patio de su casa, se introdujo al departamento donde dormían los familiares: circunstancia ésta que no está comprendida dentro de alguno de los casos eximentes de responsabilidad.
Precedentes
Amparo penal directo 3079/50. Inzunza Serrano Graciano. 24 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.