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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298619
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2654
TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS, EN EL PROCESO PENAL. (CAREOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2654
Si el careo se ha instituido como una garantía en pro del acusado y de la diligencia respectiva aparece la retractación del cargo por parte del testigo que le había imputado la comisión de un delito, y tal retractación va acompañada de la explicación que lo obligó a declarar contra el acusado, el Juez natural no puede fundar sentencia condenatoria en lo dicho por el testigo de que se trata.
Precedentes
Amparo penal directo 811/50. Flores Bernal José. 26 de septiembre de 1951. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.