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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2810
ACUMULACION EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2810
Concurriendo en el caso tres delitos, uno intencional, o sean el robo simple de un automóvil, que realizó el reo y dos de imprudencia, o sean, el daño en propiedad ajena y las lesiones, que causó con ese automóvil estos dos últimos causados en un solo acto, se origina así una acumulación ideal a este respecto, y ya en relación con el robo, se engendra una acumulación real o concurso material; esto es, la comisión de los delitos de imprudencia originó una acumulación ideal, y éstos, en relación con el robo simple, originaron una acumulación real.
Precedentes
Amparo penal directo 1088/49. Orozco Téllez Carlos. 28 de septiembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.