Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/298654
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298654
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2946
TENTATIVA DE HOMICIDIO Y DISPARO DE ARMA DE FUEGO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CIX; Pág. 2946
No puede considerarse que los actos realizados por el encausado, conduzcan a configurar el delito de disparo de arma de fuego tipo penal tendiente a no dejar impunes las tentativas incomprobadas, sancionándolas como delitos de peligro, dados sus posibles resultados, si es evidente que el inculpado al disparar, se propuso privar de la vida al ofendido, empleando todos los medios adecuados a ese efecto, realizando todos aquellos actos conducentes a la consumación del delito, no habiéndose consumado éste por causas ajenas a su voluntad, razón por la que existe plenamente establecida su responsabilidad como autor del delito de homicidio en grado de tentativa, cuando ninguna duda existe de la intención de los actos que realizó.
Precedentes
Amparo penal directo 489/51. Valenzuela Rodríguez Leonardo. 12 de mayo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.