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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298664
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 15
ACTO RECLAMADO, FALTA DE COMPROBACION DE SU EXISTENCIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 15
Si unas autoridades señaladas como ordenadoras, negaron la existencia del acto reclamado, sin que hubiera prueba en contrario, procede sobreseer por esta causa, que fundamenta la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento 112/51. Espinosa Espinosa Pablo y coag. 2 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos, y en cuanto a su parte considerativa, por mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.