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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298671
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 242
LEGITIMA DEFENSA Y MIEDO GRAVE, EXCLUYENTES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 242
La jurisprudencia expresa de la Suprema Corte que ha declarado que la legítima defensa y el miedo grave se excluyen, evidentemente hace referencia a la legítima defensa real, y no a la que se halla establecido en los últimos párrafos de la fracción III, del artículo 15 del Código Penal, del Distrito que son casos de presunción de miedo grave o temor fundado, equiparados a la legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 4392/49. Castrillón Samuel. 5 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.