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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298690
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 489
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 489
Para investigar, y sancionar en un proceso la falsificación de un documento, sea público o privado, no es requisito previo el de que en un juicio civil se declare la falsedad de tal documento, ya que es el proceso, el juicio en el que hace tal declaración, para los efectos penales.
Precedentes
Amparo penal directo 2303/50. García Quiroz Vicente. 11 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Teófilo Olea y Leyva y Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.