Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/298705
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298705
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 553
AUTOMOVILES, PRUEBA DE SU POSESION (TARJETA DE CIRCULACION).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 553
La factura de un automóvil, por su naturaleza, no es un elemento demostrativo de la posesión sino de la propiedad. En cambio, siendo la tarjeta de circulación de un vehículo y los recibos de contribuciones, documentos públicos que acreditan plenamente que aquél está inscrito a nombre de determinada persona, que ésta paga los respectivos impuestos y que está reconocida como propietaria por las Oficinas Públicas Recaudadoras, existe la presunción de que esa misma persona es poseedora del vehículo de que se trata, y esos documentos son suficientes para acreditar la posesión, para los efectos del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4050/50. Herrera Gómez Saturnino. 12 de abril de 1951. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Fernando de la Fuente. Relator: Luis G. Corona.