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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 628
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 628
Si uniendo lógicamente las pruebas reseñadas, no se puede decir que el dicho de los ofendidos se encuentre aislado y sea por ello insuficiente para comprobar los cuerpos de los delitos por los que se le decretó la formal prisión al quejoso, debe, en consecuencia, negársele la protección federal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7316/49. Torres Olivares Isidoro. 13 de abril de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.