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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298748
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 990
SITUACION JURIDICA DEL REO, CAMBIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 990
Surge la causa de improcedencia a que alude la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, si el auto de formal prisión reclamado ha emanado de un procedimiento judicial, en donde ha cambiado la situación jurídica de la quejosa, por virtud de la sentencia condenatoria dictada en su contra, y en tales condiciones, los actos reclamados deben considerarse consumados, ya que de decidirse en este juicio se afectaría la nueva situación jurídica de la quejosa.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3403/50. Peraza vda. de Roca Dolores. 30 de abril de 1951. Ausente: Luis Chico Goerne. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.