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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1218
TRANSITO, FE PUBLICA DE LAS AUTORIDADES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1218
No es verdad que los agentes de tránsito y el jefe del Departamento respectivo tenga fe pública, porque ésta se halla reservada a las autoridades a quienes la ley se las otorga, y, por lo mismo, las declaraciones de esas personas tienen el simple carácter de testimonio, y más aún, si esos declarantes no comprueban su carácter de autoridad con los nombramientos relativos, pues no basta afirmar que es para tener por acreditada o comprobada esa calidad.
Precedentes
Amparo penal en revisión 4513/50. Reyes Culebro Gabriel. 7 de mayo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.