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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 298773
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1361
SITUACION JURIDICA DEL REO, CAMBIO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CVIII; Pág. 1361
Es operante la causa de improcedencia instituida por la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, si por virtud de la sentencia condenatoria dictada contra el quejoso, cambió la situación jurídica que éste tenía creada por el auto de formal prisión, por cuyo motivo, y en acatamiento a lo dispuesto por la fracción III del artículo 74 de la propia ley, debe decretarse el sobreseimiento.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6643/48. Salinas Chacón Rodolfo. 9 de mayo de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.